El nuevo Reglamento de Protección de Datos estará disponible en breve

Comenta Martín Pérez que estamos muy próximos a tener, de forma oficial, una versión nueva del Reglamento que articula las medidas por la Ley Orgánica 15/99 de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD)

Muchos somos los que creemos que, desde su aprobación en 1999, la LOPD necesitaba articularse en un Reglamento posterior a su publicación, y que recogiera las necesidades del texto legal. Aunque parezca mentira, La LOPD se ha articulado hasta ahora en un documento anterior a la aparición de la Ley, el Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Medidas de Seguridad de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal, un documento que ha servido para dar forma a los requisitos legales, pero que necesitaba ser revisado, ya que fue concebido teniendo a la antigua Ley Orgánica para la Regulación del Tratamiento Automatizado de Datos (LORTAD) como marco de referencia.

Cito íntegramente la aportación de Martín, que es suficientemente explicativa:

D. José Luis Piñar, Director de la Agencia Española de Protección de Datos, anuncia que el Reglamento de desarrollo de la LOPD se está ultimando y podría estar listo en breve.

Durante una conferencia, celebrada días atrás, abordó los principales aspectos que incluirá el Reglamento, entre otros, que se aplicará a todos los ficheros regulados por la LOPD, tanto a ficheros automatizados como no automatizados, regulará el derecho de Oposición, y recogerá un concepto amplio de los datos de salud, incorporándose en esta categoría de datos el concepto relativo a dato genético y a los porcentajes de discapacidad. También destacó que se delimitará el concepto de fichero doméstico, excluidos del ámbito de aplicación de la Ley, como aquellos creados en el marco de la vida privada y familiar.

Como novedad destacable, se prevén reglas específicas para obtener el consentimiento de los menores. Según dijo, se aclara que el consentimiento deberá obtenerse de los padres salvo si el menor está emancipado, y que el deber de información a los menores de edad deberá realizarse mediante un lenguaje fácilmente comprensible por ellos. También se establece que el responsable del fichero deberá establecer procedimientos para la comprobación de la edad de los menores.

El Reglamento admitirá las Reglas Corporativas Vinculantes, conocidas como BCR, como garantía adecuada de protección para las transferencias internacionales de datos.

Asimismo, se refirió al reto de la normalización de la Cultura de Protección de Datos: “Es necesario que la Protección de Datos sea considerada, no como una exigencia extraña o impedimento, sino algo normal que mejora el desarrollo y la obtención de las finalidades por parte de las empresas”.

En este sentido, y como elemento capital para la consecución de la normalización de la Cultura de Protección de Datos se refirió al desarrollo reglamentario de la LOPD: “El desarrollo reglamentario de la LOPD se ha convertido en una cuestión de vital importancia. La LOPD es la única Ley Orgánica que carece de exposición de motivos, y es de suma importancia actualizar el marco jurídico actual”.

También se hace eco mi amigo José Manuel. Mi enhorabuena a la Agencia Española de Protección de Datos, no sólo por su excelente labor y buen hacer, sino por haber superado esta dura travesía en el desierto que ha supuesto generar este nuevo Reglamento.

2 comentarios sobre “El nuevo Reglamento de Protección de Datos estará disponible en breve

  1. voy a ser un poco malo!, pero hace cosa de un año y poco, en una conferencia a la cual asistió el Director de la AEPD, también hizo referencia a la inminencia de la publicación del nuevo Reglamento. Esperemos que en esta ocasión sea la auténtica y verdadera :-)

    PD: yo tengo parados infinidad de temas esperando a la publicación del Reglemento en cuestión, a ver que sorpresas nos depara!!! :-)

  2. Ánimo Sergio,

    estamos esperando tus comentarios sobre el REAL DECRETO 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter
    personal.

    Aunque cabe decir que con un desarrollo de 158 artículos más disposiciones, todos vamos a tardar un ratito en sacar conclusiones.

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